¿Qué impuestos deben presentar las clínicas dentales en 2026?
Si eres titular de un centro de salud bucodental, es probable que te preguntes qué impuestos deben presentar las clínicas dentales bajo el nuevo marco de digitalización y el sistema de cotización por ingresos reales.
Entender tus obligaciones tributarias vigentes permitirá que tu clínica no solo cumpla con la ley, sino que optimice su carga fiscal.
Estos son los impuestos que debes presentar:
1. El IVA en odontología: exención vs. tributación mixta
La mayoría de los servicios prestados por odontólogos y estomatólogos están exentos de IVA según el Art. 20.Uno.3º de la Ley del IVA. Sin embargo, esta exención solo aplica a servicios de diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades.
Servicios exentos (0% IVA)
- Endodoncias, periodoncias y extracciones.
- Ortodoncias y ortopedias maxilares (Art. 20.Uno.5º).
- Colocación de prótesis dentales.
Servicios sujetos al 21% (IVA general)
- Tratamientos con fines puramente estéticos, como el blanqueamiento dental (salvo que sea parte de un tratamiento médico documentado).
- Venta de productos de higiene (cepillos, pastas, hilos interdentales).
La regla de la prorrata: Si tu clínica realiza ambas actividades (ej. curativa y venta de productos), deberás aplicar la regla de la prorrata. Esto determina qué porcentaje del IVA de tus gastos (alquiler, suministros, equipos) puedes deducirte.
2. Régimen del impuesto sobre los beneficios de una clínica dental
A la hora de analizar qué impuestos se pagan para abrir una clínica dental, la estructura jurídica es el factor determinante en la tributación de los beneficios.
Autónomos (IRPF)
El profesional tributa por sus ingresos netos en la base imponible general del IRPF, con tipos progresivos que oscilan entre el 19% y el 47%. Si más del 70% de tus ingresos no llevan retención (lo habitual en clínicas que cobran a pacientes particulares), deberás presentar el Modelo 130 trimestralmente.
Sociedades (Impuesto de Sociedades - IS)
En este punto, se trata de entender cuánto tienes que producir cada mes para dejar de «perder dinero» y empezar a ganar de verdad.
3. Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en clínica dental
Aunque la mayoría de las clínicas están exentas de pagar la cuota si su cifra de negocios es inferior a 1 millón €, el alta censal a través del modelo 036 o 037 es obligatoria. La clave está en diferenciar si el odontólogo actúa como profesional independiente o como empresa:
- Epígrafe 834: Odontólogos (Sección 2 – Profesional). Es el adecuado para el odontólogo autónomo que factura sus servicios profesionales de forma personal. (Nota: el 833 queda reservado específicamente para médicos estomatólogos).
- Epígrafe 943.1: Consultas y clínicas de estomatología y odontología (Sección 1 – Empresarial). Es el epígrafe correcto cuando la clínica cuenta con una estructura organizada, varios gabinetes o se opera bajo una sociedad (como una S.L.P.).
4. VeriFactu y Factura Electrónica B2B
Sistema VeriFactu (Ley Antifraude)
Aunque la obligatoriedad de envío a la AEAT se ha desplazado al 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos, en 2026 tu software ya debe estar adaptado.
Los requisitos clave son la inalterabilidad de los registros, el encadenamiento mediante Hash (huella digital criptográfica única que encadena cada factura con la anterior) y la inclusión de un código QR en cada factura.
Si tu clínica factura a aseguradoras o colabora con otros profesionales (B2B), es obligatoria la factura electrónica estructurada (formato XML Facturae). Esto no aplica a los pacientes particulares (B2C), a quienes puedes seguir emitiendo facturas en papel o PDF, a menos que el cliente solicite formato electrónico.
5. Cotizaciones
El sistema de cotización por ingresos reales está plenamente consolidado. La Orden PJC/297/2026 establece una subida en la base mínima para autónomos societarios y colaboradores, situándola en el Grupo 7 del Régimen General (€1.424,40). Esto supone una cuota mensual mínima de aproximadamente 450-500 €.
Resumen de modelos tributarios
Para asegurar el cumplimiento, tu calendario fiscal debe incluir:
Modelo | Descripción | Periodicidad | Obligatorio para… |
303 | Autoliquidación de IVA (ventas de productos o estética) | Trimestral | Ambos |
111 | Retenciones IRPF (nóminas, dentistas autónomos, profesionales) | Trimestral | Ambos |
115 | Retenciones por alquiler del local | Trimestral | Ambos |
130 | Pago a cuenta del IRPF (Rendimientos de actividad) | Trimestral | Autónomos (si no retienen >70%) |
202 | Pago a cuenta del Impuesto de Sociedades | Abr / Oct / Dic | Sociedades |
190 | Resumen anual de retenciones (del mod. 111) | Anual (enero) | Ambos |
180 | Resumen anual de retenciones de alquiler (del mod. 115) | Anual (enero) | Ambos |
390 | Resumen anual de IVA (del mod. 303) | Anual (enero) | Ambos |
347 | Operaciones con terceros > 3.005,06 € (Solo proveedores) | Anual (febrero) | Ambos |
200 | Declaración Anual Impuesto de Sociedades | Anual (julio) | Sociedades |
100 | Declaración de la Renta (D600) | Anual (junio) | Autónomos |
De la excelencia clínica a la rentabilidad empresarial
La convergencia de la factura electrónica B2B, el control de integridad de VeriFactu y el nuevo sistema de cotización por ingresos reales obliga a los titulares de clínicas dentales a evolucionar.
La presión fiscal y la digitalización absoluta del sector sanitario pueden comprometer la rentabilidad de tu clínica si no se gestionan con criterio empresarial.
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